lunes, 30 de enero de 2012

LA PARTE CONSTIUCIONAL EN EL DERECHO LABORAL

30 DE ENERO DEL 2012
LAS ENSIGNICAS PAPALES
FINALIDAD DEL CODIGO
Pues básicamente se divide en 3 conceptos
1.     La justicia en las relaciones obrero patronal: esto se  trata que busca el beneficio muto entre trabajador y el patrón.
2.     La coordinación económica: promover armónicamente la relación entre trabajador y patrón.
3.     Equilibrio social: busca evitar abuso entre las relaciones obrero patronal.

LA PARTE CONSTITUCIONAL EN EL DERECHO LABORAL

Preámbulo de la Constitución P de Colombia: Asegurar el trabajo
ART 13 C.P.C: Debe existir  una igualdad en el trabajo
ART 25 C.P.C: El trabajo es un derecho y una obligación social. Protección especial del estado.
ART 26 C.P.C: Toda persona es libre de escoger profesión u oficio.
ART 38 C.P.C: Garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades.
ART 39 C.P.C: Se adquiere personería jurídica desde el momento que se reúnen en la asamblea general.
ART 43 C.P.C: Igualdad de derechos que tiene el hombre y la mujer.
ART 48 C.P.C: Seguridad social: Servicio público de carácter obligatorio para todos.
ART 49 C.P.C: Servicio de salud y saneamiento ambiental, son servicios públicos a cargo del estado.
ART 50 C.P.C: Todo niño menor que no esté cubierto con algún tipo de protección o seguridad social, recibirá atención gratuita.
ART 53 C.P.C: Protección del trabajo y de los trabajadores
PRINCIPIOS:
·       Igualdad de oportunidades para los trabajadores
·       Remuneración mínima vital y móvil.
·       Proporciona a la cantidad y calidad de trabajo.
·       Estabilidad en el empleo.
·       Irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales.
·       Facultad para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles.
·       Situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación  de las fuentes formales del derecho.
·       Primacía de la realidad sobre realidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales.
·       Garantía a la seguridad social.
·       Capacitación.
·       Descanso necesario.
·       Protección especial a la mujer.
·       A la maternidad y al trabajo del menor de edad.

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